lunes, 4 de enero de 2010

Choferes y cobradores que maltraten pasajeros pagarán 720 soles de multa

Ya saben amigos San Miguelinos, lo que deben hacer es apuntar el número de placa, la ruta que sale en el boleto, por eso deben pedir boleto, la avenida o calle y hora donde ocurrió el hecho, van a la comisaria y ponen su denuncia de esta manera estos desgraciados que matan por matar y se hacen llamar transportistas, sin respetar la vida de las personas paguen por sus malas acciones que perjudican a todos los peruanos.

Y recuerden:

" No te preguntes qué puede hacer tu país por ti, pregúntate que puedes hacer tú por tu país. John Kennedy"

Les dejo el articulo del Comercio.

Choferes y cobradores que maltraten pasajeros pagarán 720 soles de multa

7:17 Nuevo reglamento de transporte público sancionará a quienes manejen a gran velocidad o con la música muy alta.

La nueva reglamentación para el transporte público fue publicada ayer por la Municipalidad de Lima. Parecen buenas noticias para los usuarios, pues establece, además de las sanciones administrativas, multas para situaciones en que los pasajeros se ven maltratados por los choferes y cobradores.

Así, el maltrato verbal o físico al usuario de un vehículo o a un transeúnte le podrá costar al chofer o cobrador el 20% de una UIT, es decir S/.720. La misma sanción la tendrán quienes lleven pasajeros colgando de la puerta del bus. Los correteos, en que las unidades intentan ganar pasajeros, ocasionarían a la empresa de transporte el pago de 20% de la UIT y al chofer una multa del 3% (S/.180) y la suspensión del brevete por 15 días.

SANCIONES DE GRAVEDADLas infracciones administrativas tienen mayores sanciones. Por ejemplo, manejar sin autorización de servicio o con esta cancelada, así como no contar con póliza de seguro acarrearán el internamiento del vehículo y una UIT de multa (S/.3.600). Si la unidad se ve involucrada en un accidente y su chofer no se reporta ante la Municipalidad de Lima en las siguientes 48 horas, la sanción será de S/.1.800 y la suspensión del servicio por tres días.

Javier Baraybar, gerente de Transporte Urbano del Concejo de Lima, dijo ayer a RPP que el objetivo de esta norma es modernizar el transporte público, pues establece que las unidades con más de 20 años de antigüedad no podrán circular en Lima. El Comercio intentó comunicarse con él para profundizar el tema, pero el funcionario no respondió las llamadas.

Según Luis Quispe Candia, de la ONG Luz Ámbar, es positivo que las empresas de transporte asuman su responsabilidad en las infracciones. También resaltó que las nuevas infracciones establezcan responsabilidades a la empresa, el propietario, el chofer y hasta el cobrador. El reglamento se empezará a aplicar en 150 días.

PRECISIONESNegarse a recoger a escolares, mujeres embarazadas o discapacitados acarreará una multa para la empresa de transporte del 20% de una UIT (S/.720) y para el chofer responsable del vehículo del 3% (S/.108).

Detener el autobús en la vía pública haciendo tiempo para recoger pasajeros también generará una multa de S/.720 (20% de la UIT) a la empresa.
El conducir con la música a volumen muy alto tendrá una multa de S/.360 (10% de la UIT) para el chofer y el cobrador.

Llamar a los pasajeros a viva voz será multado con S/.360.

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